jueves, 19 de agosto de 2010

CRÍTICA DE LAS NORMAS INTERNACIONALES.

Como introducción y para que haya un mejor entendimiento sobre el estudio acerca de las normas internacionales de contabilidad, se argumentara un poco sobre su historia la cual es muy interesante por como surgió, sus objetivos, que significado tienen para este mundo en vía hacia la globalización, dando definiciones con mayor precisión a algunas de las diferentes normas, acompañado de un paralelo con las normas generalmente aceptadas.


Las normas internacionales de contabilidad han sido objeto de estudio y esfuerzo de muchas entidades educativas, financieras y profesionales del área contable a nivel mundial, para estandarizar la información financiera presentada en los estados financieros y así hablar en un mismo lenguaje comercial y por ende económico. Estas normas son emitidas por la IASB, de las cuales podemos encontrar en la fecha actual que se han emitido 41 de las cuales 34 están en vigor, junto con 30 interpretaciones.


Por la historia se dice que estas normas tuvieron inicio en los Estados Unidos con el consejo de principios de contabilidad, el cual fue desplazado por que sus integrantes eran profesionales que trabajaban en bancos, industrias, compañías públicas y privadas, por lo que su participación en la elaboración de las normas era una forma de buscar beneficios para las entidades donde laboraban, siguió pasando el tiempo y las actividades mercantiles se fueron internacionalizando y con esto la información contable.


Es por esto que surgen las NIC, por la problemática que tenían las personas de diferentes países en leer e interpretar los estados financieros de otro; teniendo las normas internacionales de contabilidad como principal objetivo dar uniformidad a la hora de la presentación de la información financiera, donde se exprese en un mismo lenguaje para distintos países. Siendo este el objetivo principal de las NIC, es muy favorable para las empresas con negocios internacionales y como ventaja la facilidad de comunicarse en el mismo lenguaje financiero-comercial.


Vemos que estas nuevas normas traen beneficios, pero a su vez se busca desplazar los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados que posean cada país dentro de la Normatividad Contable, por otra parte el comité de normas internacionales de contabilidad sabe que se debe seguir trabajando para que todos los países se incorporen a las NIC, y evitar que algunos países utilicen aun los PCGA y también las NIC.

lunes, 16 de agosto de 2010

EVOLUCIÓN DE LA CONTABILIDAD EN COLOMBIA.

La contabilidad en Colombia ha evolucionado desde que se inició la legislación mercantil, impulsando al comerciante a la obligación de llevar y organizar su contabilidad y se le prescribieron pautas sobre el contenido y forma de llevar los libros contables con los cuales se pretendía que se cumplieran con los objetivos básicos de la época, con relación a la información contable.



Para el día 29 del mes de mayo de 1853 el Congreso de la Nueva Granada expidió el primer Código de Comercio derogando las Ordenanzas de Bilbao aprobadas en España en 1737. El Código de 1853 tuvo una vigencia corta, pues al establecer la constitución de 1863 el sistema federalista permitió a los Estados legislar en materia comercial en virtud de esta facultad es Estado de Panamá adoptó en octubre de 1869 el Código de Comercio que había sancionado Chile en 1855.



El Código del Estado de Panamá vino a regir la República de Colombia en virtud de la ley 57 de 1887 que al respecto estableció. La cual tuvo vigencia noventas días después de la publicación de la ley, con adiciones y reformas que en ella se tratan.



La formación académica y la evolución del Contador Público en Colombia ha sido lenta, debido a que el contador se ve formando acorde a las circunstancias y momentos de la realidad económica del país y también por las erráticas políticas de capacitación que se han abierto su camino sobre la base de requerimientos laborales inmediatos, intereses de sectores dominantes o la influencia de tendencias internacionales.



Para el año de 1990 nace la lay 43; en la cual se establecieron la normas que debía seguir quien desarrollara la profesión de la contaduría, después de tres años y partiendo de esta misma ley, del artículo 6°, se dio origen al decreto de los contadores como Plan Único de Cuentas o Decreto 2649 de 1993; encontrándose en este mucha más información específica de cómo se debe desarrollar la contaduría en cualquier ciudad que se encuentre dentro del territorio nacional.



Se encontraban establecidos los principios básicos de contabilidad, las normas a seguir, códigos de la contabilidad, manejo de cuentas, descripción de las cuentas; y todas aquellas herramientas que ayudan al personal a que lleven de la mejor manera el ejercicio contable y además con profesionalismo ético y moral. Manejándolas de manera crítica y correctiva desde el punto de vista profesional, y colocando en practica los principios básicos de la contabilidad.



Actualmente se habla mucho de las NIC, que son la Normas Internacionales de Contabilidad; las cuales son para algunos o muchos países una manera uniforme de llevar la contabilidad, permitiendo así que las personas que lleven como profesión la contaduría, la puedan ejercer sin ningún problema en otro país basándose en las NIC y llevándolas a cabo; permitiendo que la contaduría tenga un mayor auge en cada uno de los países, despertando el interés de investigación y actualización contable.

domingo, 15 de agosto de 2010

CONSIDERACIONES ACERCA DE: PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS.

La implementación del término “principios”, durante mucho tiempo ha sido criticado por diferentes autores, quienes acusan que de esta forma indebidamente se señalan verdades incondicionales en materia de información contable. No obstante, se aprecia que el fundamento del decreto está respaldado por las modernas doctrinas contables, que ven en los principios de contabilidad guías de acción para permitir alcanzar en adecuada forma los objetivos generales.

De la misma; permite identificar, medir, clasificar, registrar, interpretar, analizar, evaluar e informar las distintas operaciones financieras de un ente económico, de forma clara, precisa y fidedigna, sin que sean considerados fundamentos acabados e inamovibles. En este sentido, en el artículo 138 se prevé la conformación del consejo permanente para la evaluación de las normas sobre contabilidad, lo que posibilitaría mantener en consonancia los principios con la dinámica del entorno socio-económico.
 

Los principios de contabilidad generalmente aceptados, rigen y están establecidos sobre el territorio nacional mediante la ley 43 de 1990, donde se dio origen al Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) como máximo órgano de control; estos describen las normas, decretos y leyes que deben llevar a cabo todas las personas naturales o jurídicas que tengan como objetivo principal ejercer la profesión de Contaduría Pública en Colombia.


El artículo 6º de la Ley 43 de 1990, Definición de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados, da inicio al Decreto 2649 de 1993, que reglamentó la profesión de Contador Público en Colombia; siguiendo con los objetivos y las cualidades de la información contable, para proseguir con la reglamentación del conjunto de postulados que fundamentan y ajustan tal información, recogidos en las Normas Básicas Contables, este título finaliza con la normativa concerniente a los estados financieros.


 
El titulo primero del decreto 2649 de 1993 tiene como finalidad establecer las cualidades, principios y objetivos de la contabilidad financiera en Colombia. Dentro de esta existen diferentes tipos de contabilidad donde la financiera, es la que ha experimentado un mayor desarrollo a nivel internacional teniendo como mayor impulsor el International Accounting Standards Board (IASB); emitiendo estándares que se denominan IFRS, International Financial Reporting Standards.


 
El estatuto general y los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados deben ser ejecutados por todas aquellas personas naturales o jurídicas a quienes se les obliga por ley llevar contabilidad, dentro de estos sujetos encontramos los comerciante que ocupan directa o indirectamente actividades consideradas mercantiles por ley; los comerciantes que se encuentren sometidos a estatutos especiales y las entidades sin ánimo de lucro.